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11 de noviembre de 2011

DIFERENCIAS ENTRE ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL

¿Qué es la Enfermedad Laboral?

Son aquellas de carácter transitorio o permanente que se dan como consecuencia directa con la clase de labores que se desempeña el trabajador, como por ejemplo el medio en que tiene que desempeñarse.
Ej: Un agente de transito que está en medio de una calle todos los días soportando toda la polución y el sol, seguramente tendrá con el tiempo enfermedades de tipo pulmonar, al igual que en su piel por el sol.

¿Y el Accidente de Trabajo?



Es por hechos repentinos que se presentan en desarrollo o con ocasión a la labor que se está ejecutando o en cumplimiento de ordenes del empleador ocasionándole un daño funcional u orgánico, incluso la muerte o una invalidez.
Ej. El mismo agente de transito del ejemplo anterior, estando en la misma avenida controlando el flujo vehicular, un carro gira indebidamente y lo arrolla. En este caso, cualquier daño que sufra aquel trabajador será considerado como Accidente de Trabajo.

¿Qué debo hacer si sufro un accidente o una enfermedad profesional?
Si es una enfermedad profesional, debe dirigirse a la unidad de atención médica de su EPS y seguir los procesos del caso.
Si es una urgencia o un accidente, recuerde que cualquier centro hospitalario está en la obligación de atenderlo, darle los primeros auxilios y estabilizarlo, para luego conducirlo a su EPS de manera inmediata o en el momento que tenga conocimiento. Después, la empresa debe informar a la ARP sobre lo sucedido a quien posteriormente se le enviará toda la documentación de la atención médica para adelantar los trámites correspondientes como el pago de incapacidades por enfermedad y accidente profesional que está a cargo de la ARP, terapias, prótesis, etc.
Recuerde que toda esta información es obligatorio que la ARP a la cual se encuentra afiliada la empresa se la suministre, además de ayudar a consolidar los Programas de Salud Ocupacional.

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